La delimitación para esta área procede de la delimitación establecida en las Normas Subsidiarias del Planeamiento del Termino Municipal de San Cibrao das Viñas, aprobadas definitivamente el 30 de diciembre de 2004 y regulada íntegramente por la ordenanza específica nº O-1.1 Barrios Originarios. Con esta delimitación se pretende la protección de los barrios originarios del núcleo del Ayuntamiento de San Cibrao al tiempo que se fomenta la rehabilitación y la recuperación de elementos de interés deteriorados o arruinados. La mayor parte de las viviendas del ámbito se destinan a uso residencial, en dos edificaciones se dan actividades no residenciales en las plantas bajas (un uso comercial actualmente sin actividad y una cafetería), otras dos se destinan al equipamiento comunitario religioso (capilla e iglesia) y siete en parcela exclusiva se dedican a almacenes y/o garajes. Esta área fue declarada el 16 de septiembre de 215 y cuenta con una superficie aproximada de 4,00 hectáreas. En ellas se sitúan 201 viviendas objeto de rehabilitación.
Imaxe aérea
